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27 de Diciembre de 2021
Normativas

DECRETO 886/2021EMERGENCIA OCUPACIONAL (PROHIBICION DE DESPEDIR Y DOBLE INDEMNIZACION)

EMERGENCIA PÚBLICA EN MATERIAL OCUPACIONAL. El dia 24 del correiente se publicó en el Boletín Oficial el dcto 886-21 que extiende hasta el día 30 de junio del año próximo la emergencia pública en materia ocupacional, pero establece una  baja gradual de la llamada doble indemnización para los despido sin justa causa. El monto de la misma queda establecido de la siguiente manera:
75 % del monto, desde el 1° de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022.
50 % del monto, a partir del 1° de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022.
25 % del monto, desde el 1° de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
Los porcentajes se calcularán sobre todos los rubros indemnizatorios originados en la extinción laboral pero el monto correspondiente al incremento no podrá superar la suma de $ 500.000.
Recordamos que este decreto no resulta aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del DNU 34/19, ni al Sector Público Nacional, independientemente del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integra

 

Texto completo de la norma

 

Dcto 886-21 Emergencia ocupacional

 

Pablo Daniel Tancredi

Abogado, T 79 F 625 CPA