La Corte Surpema de Justicia de la Nación ha dejado firme una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en la que se le reconoció a una adoptante la protección contra el despido por razones de maternidad. Esto ocurrió en el recurso de hecho deducido por la demandada en los autos "A G M E c Alianza Francesa s/ despido " en fecha 29-9-15
Puntualmente la Corte declaró inadmisible, en los términos del art. 280 del CPCCN, el recurso extraordinario que deduho la empresa demandada contra la sentencia de Cámara. En la sentencia, la Sala V de la CNAT había considerado que la empleada que recibió la guarda de un menor con fines adoptivos y, dos meses después de ello, fue despedida, tiene derecho a percibir la indemnización agravada prevista en el art 178 de la Ley de Contrato de Trabajo para el supuesto de despido por razones de maternidad o embarazo.