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11 de Febrero de 2017
Jurisprudenciales

Otra vez sobre la nulidad de los despidos de personas enfermas o discapacitadas

En diversas oportunidades nos hemos ocupado de como afecta la incapacitacion al contrato de trabajo

Ahora acompañamos un comentario respecto a un reciente fallo del Tribnal de la Union Europea que establece la nulidad del despido de personas enfermas. 

Sin perjuicio de lo dispuesto en los articulos 212 3er parrafo y 213 de la LCT, en distintas oportunidades hemos fijado nuestra posicion respecto de los riesgos de incurrir en discrimminacion que conlleva para las empresas proceder a despedir personas enfermas y/o a las que se le diagnostican discapacidades parciales definitivas. 

El fallo cuyo comentario se acompaña va en la direccion por nosotros sostenida y sus argumentos son totalmente trasladables a nuestro derecho.

Nulidad del despido durante la baja por enfermedad