Acompañamos al presente post un nuevo y reciente fallo de la Sala I de la CNAT en el que se considera discriminatorio por cuestiones de salud la desvinculación dispuesta por la empleadora.
En el caso, la Empresa había considerado extinguido el vínculo por abandono de trabajo, postura que fue rechazada tanto por el Juez de Primera Instancia como por la Cámara por no encontrarse acreditado los extremos necesarios para su configuración.
Por su parte, si bien el Juez de Primera Instancia no hizo lugar al reclamo por daño moral por discriminación, la Sala I revocó lo decidido y sostuvo que la decisión rescisoria de la empleadora obedeció a la enfermedad que portaba la actora (epilepsia), en tanto que las ausencias de la accionante por su padecimiento (justificadas con certificados médicos) generaban conflicto o malestar con las demandadas, todo lo cual, sumado a que no se pudo comprobar la configuración del abandono de trabajo alegado para despedir, permite afirmar que la segregación laboral se fundó en razones de enfermedad configurando un supuesto de despido discriminatorio.
Ello nos demuestra tal como lo venimos sosteniendo, que en los casos de desvinculaciones de personas que padecen enfermedades -que las incapaciten o no-, existe una presunción de discriminación que en los hechos resulta difícil rebatir.
Acceda al fallo completo en el link que se encuentra debajo
Discriminación por ausencias motivadas en cuestiones de salud